jueves, diciembre 13, 2007

El arzobispo de Granada condenado

El arzobispo de Granada condenado

Permalink 12.12.07 @ 23:58:18. Archivado en Europa, Pragmática, España, Sociogenética, Antropología, Ética, Religiones, Educación, Pro justitia et libertate

Nuestro dossier de prensa del 17 de noviembre 2007 intentó responder al justo deseo de muchos de nuestros Amigos universitarios, que no quieren juzgar a la ligera los gravísimos hechos que están sucediendo en la archidiócesis de Granada. En aquél dossier nos limitamos a esclarecer los antecedentes y concomitantes del juicio que tenía lugar aquellos días en Granada. Nuestro propósito fue que sirviera de complemento a nuestro artículo Los derechos humanos de los curas del 16.11.07.

Nuestro dossier de hoy se limita a informar sobre el desarrollo del mismo juicio y sobre su principal consecuencia, que ha sido la condenación del arzobispo por un delito de coacciones y una falta de injurias contra el cura que lo denunció.

Recordemos que es la primera vez que un obispo español se sienta en el banquillo de los acusados. El cura universitario que le ha acusado, ha mantenido en el juicio que el arzobispo de Granada le amenazó. Recordemos igualmente que este sacerdote ha sido gravemente penalizado ya, fuera de todo proceso, por su arzobispo, que no solamente lo ha destituido de sus funciones de archivero de la catedral, de canónigo y de catedrático de la facultad de teología, sino que lo ha suspendido "a divinis", lo que significa que le ha retirado toda posibilidad de ejercer sus funciones sacerdotales.

-oOo-

El arzobispo de Granada, condenado a una multa de 3.750 euros por coacciones e injurias a un sacerdote
El delito de coacciones se refiere a la intimidación que ejerció contra el demandante para que paralizara la publicación de un libro sobre la Catedral de Granada.

EFE - 10/12/2007 12:24

El arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez, ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal 5 de Granada al pago de una multa de 3.750 euros por un delito de coacciones y una falta de injurias contra un sacerdote que lo denunció.

Según ha informado el letrado de la acusación, el delito de coacciones se refiere a la intimidación que supuestamente ejerció contra el sacerdote, Javier Martínez Medina, para que paralizara la publicación de un libro sobre la Catedral de Granada.

Por este delito, el titular del Juzgado de lo Penal 5 de Granada, Miguel Ángel Torres -instructor del caso Malaya- condena al arzobispo al pago de una multa de 10 euros durante 12 meses, mientras que por la falta de injurias le impone una multa de 10 euros durante 15 días.

El sacerdote acusaba al prelado de dos delitos de coacciones, uno de calumnias continuado o alternativamente de injurias continuado, así como de acoso moral y lesiones psicológicas.

La Fiscalía elevó por su parte a definitiva su petición de absolución para el arzobispo, al que consideró, durante la última sesión del juicio, "víctima" de un caso "insólito y único en España".

Durante el juicio, celebrado el pasado mes de noviembre, el arzobispo defendió su libertad de actuación como responsable de la Diócesis y aseguró que nunca quiso dañar al sacerdote querellante.

El prelado, que se convirtió en el primer arzobispo español en sentarse en el banquillo de los acusados, negó ante el juez haber amenazado o presionado al clérigo, cuya destitución como canónigo, retirada de la Cátedra de la Facultad de Teología y suspensión a divinis justificó en una "pérdida de confianza".

El cura denunciante se querelló contra el arzobispo después de que en febrero del año pasado acabara sin avenencia el acto de conciliación en el que estaba llamado a participar el prelado tras ser demandado por aquél por injurias y calumnias.

El sacerdote sostenía que el arzobispo le había injuriado y calumniado en una carta en la que le acusaba de una apropiación indebida relacionada con su trabajo de archivero y de quedarse con los derechos de propiedad intelectual de un libro sobre la Catedral de Granada, cuyos autores demandaron también al prelado.

-oOo-

El arzobispo pasa a la historia como el primer prelado condenado por un delito
El juez impone una multa de 3.750 euros por coacciones e injurias y concluye que presionó a Martínez Medina «hasta límites insoportables»
El fallo atribuye la actuación de monseñor a su enemistad con CajaSur

por ROCÍO MENDOZA. Ideal, 11-12-07.

Sí. El arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez Fernández, tenía toda la potestad para cesar al cura Martínez Medina de su cargo de Archivero y Conservador de la Catedral de Granada, para no permitirle el uso del despacho que ocupaba, para quitarle el proyecto del libro que preparaba y para apartarlo de su puesto de canónigo si así lo estimaba conveniente. Pero no. No estaba legitimado para suspenderlo como sacerdote ni para privarlo de su sueldo durante seis meses como métodos de presión para lograr un fin «injusto»: obligarlo a paralizar a toda costa la publicación de un libro que no era de su agrado porque tenía impreso el espíritu de CajaSur, entidad con la que estuvo enfrentado. Esto último, en términos legales, constituye una coacción. Y en la Justicia terrenal esto es un delito condenable en los tribunales.

Junto a ello, acusar -y por escrito- a una persona de apropiarse de bienes de la Iglesia y de extorsionar a esta última sin tener fundamento alguno, a modo de «descalificación gratuita», es «atacar de forma inadmisible el honor» del destinatario de tales expresiones, o sea, injuriar. Y esto también está recogido en el Código Penal.

Histórico

Con estos dos argumentos el juez de Lo Penal número 5 de Granada, Miguel Ángel Torres, ha escrito un capítulo inédito en la historia de la Justicia española. Y, de paso, en la de la Iglesia. En ellos basa una sentencia que ha convertido a monseñor Martínez en el primer obispo, español y europeo, condenado en la vía penal. La pena impuesta es el pago de una multa de 3.750 euros por el delito de coacciones y la falta de injurias ya descritos.

Los citados son los pilares que sustentan la condena. Pero no son los únicos. El juez desgrana en 43 folios de expresión diáfana todas las circunstancias que rodearon al conflicto entre monseñor Martínez Fernández y el cura Martínez Medina. El juez considera «probado con nitidez» que el arzobispo estaba enemistado con CajaSur y quería eliminar cualquier relación de esta entidad con la Iglesia en Granada cuando tomara posesión, así como frustrar sus proyectos.

Entre estos se encontraba en marcha -con los textos ya en imprenta- un libro sobre la Catedral, que había sido coordinado por Martínez Medina. Archivero y Conservador de la Catedral, hombre de confianza de Cañizares y la persona de CajaSur en Granada.

El juez recuerda que la defensa y el arzobispo, se han empeñado en negar sus conflictos con la citada entidad y con Castillejo, cuando en realidad no constituye delito alguno. Ahora bien, sí explica -según el juez- los motivos personales que llevaron a monseñor Martínez a vetar el citado proyecto y a presionar a Martínez Medina para que la publicación no se llevase a cabo. En cuanto tomó posesión, conminó a Martínez Medina a que dejase su cargo de Archivero y Conservador. Se lo dijo por teléfono y en la sacristía el día de Navidad. «Al margen de que resulte llamativo», no hay nada penal en esto. Pretendía que renunciara, pero el cura no aceptó y pidió el cese formal. Así que el arzobispo lo hizo por escrito y cometió un «desliz»: puso como motivo «tus vínculos con CajaSur». Sin darle tiempo a reaccionar, le cambiaron las cerraduras del despacho en el que trabajaba.

Las formas

Cuando el cura quiso regresar a por sus cosas, fue vigilado por miembros del Cabildo y él llevó a un Notario para evitar problemas sobre lo que se llevaba. Esto fue considerado por la acusación como una coacción. No obstante, el juez lo rechaza. «No reviste entidad penal» el hecho de privarle del uso del despacho, ya que no está considerado «su domicilio o un espacio reservado». Además, no ve pruebas de que el arzobispo ordenase directamente el cambio de cerradura.

La conversación telefónica en la que «grita» a Martínez Medina que «él -el arzobispo- es el único dueño de la Catedral y que si no detiene la publicación del libro pagará las consecuencias y que con látigo le enseñará a obedecerle, acusándole de ser un mal sacerdote», tampoco es delito para el juez Torres.

A lo sumo, «muestra su talante y el interés por evitar la publicación a toda costa». Martínez Medina no podía hacer nada por evitar la publicación. Los autores de los textos se negaron a entregarlos y pidieron una reunión con el arzobispo, que nunca se produjo. Así que «ningún reproche cabe» al sacerdote. El proyecto siguió adelante de la mano de CajaSur, lo que desató que el arzobispo emprendiese medidas «a la desesperada».

Cita varias, pero en la que concierne al delito recoge el decreto en el que expone a Martínez Medina que a cambio de que devuelva al Cabildo los bienes que tenga en su poder -bienes desconocidos hasta la fecha-, de que paralice la publicación del libro y de que medie con los autores para que entreguen los textos, no será suspendido definitivamente del sacerdocio. «Si paraliza el libro, será perdonado», resume el juez. Y así sí estaría el delito porque constituye una «coerción inadmisible» que fue aderezada con una suspensión del sueldo.

Lo más sorprendente de este asunto es que ni el arzobispo ni el Cabildo tenían derecho alguno sobre el libro de la discordia. Y así lo resalta el juez en su resolución. Nunca firmaron contrato alguno con los autores de los textos que reclamaba y la Ley de propiedad Intelectual prevalecería en este caso. Esta circunstancia deja en evidencia un entuerto que parece viciado desde su origen.

Al hilo de esto último, el juez se permite recordar al arzobispo con su resolución judicial que «si en lugar de actuar de una forma un tanto prepotente (…) se hubiese reunido con ellos» quizá hubiese solucionado todo el problema obteniendo lo que perseguía.

rociomendoza@ideal.es

-oOo-

Cuando el pecado es delito
El juez Torres condena al arzobispo de Granada y deja claro que la Iglesia debe someterse a la ley

por RAÚL BOCANEGRA - Sevilla - 10/12/2007 21:46

Y el arzobispo fue por primera vez condenado por la justicia de los hombres. Ni siquiera el testimonio “faltando a la verdad” de los sacerdotes de la catedral –subordinados que le deben obediencia– impidieron que Francisco Javier Martínez Fernández, prelado de Granada, deba pagar 3.650 euros de multa por un delito (pecado) de coacciones y 150 más por una falta (pecado) de injurias a otro sacerdote de su diócesis, Francisco Javier Martínez Medina. Sin embargo, el magistrado Miguel Ángel Torres, famoso por haber instruido el caso Malaya contra la corrupción, absolvió al arzobispo de los delitos (pecados) de lesiones psicológicas y contra la integridad moral. El arzobispo, que podría ir a la cárcel si no paga la multa, puede recurrir.

La histórica sentencia, del pasado 7 de diciembre, impone límites al poder de la curia eclesiástica sobre sus subordinados y deja meridianamente claro que los obispos y arzobispos, en el ejercicio de su cargo, están sometidos a las leyes de los hombres: “El Estado no puede quedar inactivo en el caso de que la normativa canónica o su aplicación por las autoridades pueda atentar contra los derechos de las personas”, escribe Torres. Y agrega: “Los poderes públicos en estos casos están obligados a actuar”.

La defensa del arzobispo alegaba la incompetencia de la justicia terrenal para resolver el caso dado que el sacerdote está sometido al poder de Martínez Fernández en el seno de la Iglesia. Torres rechaza el argumento y recuerda que los privilegios desaparecieron de España en 1.976, con el acuerdo entre el Estado y la Santa Sede. Añade, además, que “la facultad de organizarse de la Iglesia católica tiene que tener como límite el orden público y los derechos y libertades reconocidos en la Constitución”. Exactamente igual que cualquier asociación. Y para que no quede lugar a dudas de la idoneidad del juicio, remacha: “En el orden penal, aunque en el seno de la Iglesia, la situación del arzobispo y del sacerdote sea diferente, se trata sin más de dos ciudadanos iguales en derechos y obligaciones”.

Delitos y faltas

El juez Torres asume que todo el asunto entre el arzobispo y el sacerdote se resume en el afán de “desterrar” a Cajasur, caja de la Iglesia, de los asuntos relacionados con la diócesis de Granada. Martínez Fernández, obispo de Córdoba entre 1996 y 2003, cuando fue trasladado a Granada, había mantenido sonados enfrentamientos con Miguel Castillejo, entonces presidente de la entidad de ahorro cordobesa. Martínez Medina gozaba de la confianza de Antonio Cañizares, anterior arzobispo de Granada, y de Castillejo, quien le nombró consejero general de Cajasur.

Cuando el arzobispo desembarcó en Granada, el sacerdote Martínez Medina estaba al cargo de dos proyectos, ambos financiados por Cajasur, para conmemorar el V centenario de la muerte de la Reina Isabel la católica: la creación de un museo de la catedral y la edición de un libro sobre el templo. “La intención [del arzobispo] era romper toda la relación con Cajasur, malogrando los proyectos en curso”. El juez considera que así puede actuar el arzobispo en cumplimiento de su cometido eclesial. El museo lo paralizó rápido, pero el libro siguió su curso, impulsado por la caja cordobesa, a pesar de que Martínez Medina, en cumplimiento de las órdenes arzobispales se retiró.

Así, “en su afán” por bloquear el estudio, Martínez Fernández se extralimitó. “El arzobispo llama por teléfono a Martínez Medina y a gritos le dice que él es el único dueño de la catedral y que si no detiene la publicación del libro pagará sus consecuencias y que con látigo le enseñará a obedecer, acusándole de ser un mal sacerdote”, reza el fallo. Sin embargo, estas frases no provocan la falta de injurias, que proviene de una carta en la que el arzobispo acusaba en falso al sacerdote de “apropiación indebida y extorsión a la Iglesia”.

Torres entiende que el prelado cometió el delito de coacciones al suspender a su subordinado de su puesto, en lugar de echarlo sin más. “Trataba de presionar a Martínez Medina de modo que si quería volver a su cargo, tenía que impedir la publicación del libro”, escribe. El juez rechaza, sin embargo, las acusaciones de mobbing porque, aunque el sacerdote “ha sufrido un ataque a su dignidad y libertad”, la actuación del arzobispo no es “la causa de todos sus males”. En medio del caso, murió su madre.

-oOo-

Otros arículos del mismo dossier