lunes, julio 02, 2007

Deontologías informáticas deficientes

Deontologías informáticas deficientes

Permalink 02.07.07 @ 19:26:00. Archivado en Sociogenética, Informática, Ética, Educación

Tras haber estudiado un conjunto considerable de documentos, que precisan la deontología informática que las autoridades profesionales desean hacer respetar en sus servicios respectivos, entre otros los académicos, he sacado tres conclusiones:

1) Hay una confusión fundamental en cuanto al concepto de deontología, que se confunde con los de ética y derecho.

2) Se ha olvidado totalmente que la deontología informática debe ocuparse no solamente de los deberes de los usuarios de estos servicios, sino tambien de los deberes de los autores de programas, cuyos derechos de vendedores parecen ser la única alusión a ellos de las deficientes deontologías existentes.

3) Como consecuencia del olvido de los deberes de los autores de programas en las deficientes deontologías existentes, se están vendiendo y protegiendo programas técnicamente inaceptables. Tal es el caso particularmente grave del sistema de explotación Windows Vista, cuya llamativa entrada en el mercado mundial figura ya como una de las pruebas más evidentes de los efectos perniciosos de la publicidad engañosa.

Foto: He bautizado esta foto con el nombre de "Publicidad engañosa". La encontré hace unos días en el blogue de autor peruano anónimo: El fondo del vaso, como ilustración del artículo: Medios y publicidad, del miércoles, abril 18, 2007.

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Este artículo prepara la segunda parte de mi “¿Bill Gates, un doctor HC con Vista?”

Etimológicamente, la deontología es la ciencia de los deberes, del gr. deon, -ontos, ‘el deber’, y –logía ‘ciencia’. 1. f. ‘ciencia o tratado de los deberes’. El DRAE la define todavía sin observaciones ni ejemplos, ya que hasta hace poco, hasta 1945 en francés y hasta 1956 en español, se trataba de una palabra sabia sin aplicación positiva.

El filósofo, jurisconsulto y reformador inglés Jeremy Bentham (1748-1832) fue el primero que usó el término "deontología" en su obra Deontology, or the Sciencie of Morality ("Deontología, o ciencia de la moral"), de 1834. Con esta palabra, compuesta por él a partir del griego, pretendía designar la ciencia que estudiaría los deberes que deben cumplirse con el fin de alcanzar el mayor placer posible para el mayor número posible de individuos. Programáticamente se trata de una ciencia de carácter esencialmente utilitarista, puesto que pretende determinar cuáles han de ser los medios que se han de usar para la consecución de ciertos fines. A partir de Bentham, se ha tendido a considerar la deontología no como una disciplina estrictamente normativa, sino más bien como descriptiva y empírica, destinada a determinar qué deberes han de cumplirse en determinadas circunstancias y, especialmente, dentro de una determinada profesión.

Otros autores que se han ocupado de esta ciencia han distinguido entre "ciencias deontológicas" y "ciencias ontológicas"; las segundas se encargan de estudiar aquello que es y cómo es, mientras que las primeras estudian lo que debe ser.

He aquí el primer texto donde aparece la palabra deontología en español con el sentido de ‘código de deberes de una determinada profesión’:

“Antes de establecer el núcleo de criterios que debe mantenerse sobre las relaciones naturales entre la expresión de la opinión pública y de la autoridad, he de señalar cómo los puntos esenciales de nuestra doctrina de la información han plasmado este año no sólo en el Estatuto de la Prensa infantil ya promulgado, sino en tres documentos de gran importancia y trascendencia en orden a la elaboración en el futuro de {una} deontología de nuestras actividades profesionales. Me refiero a la declaración de principios que proclamasteis en el IX Consejo Regional de Prensa, al decálogo de ética Publicitaria, y a los Puntos Doctrinales que deben presidir la actuación pública y privada de los funcionarios del Ministerio de Información, puntos que tuve el honor de exponer en la clausura de la II Asamblea de Delegados Provinciales, que tuvo lugar en Madrid, el día 7 de julio del presente año.
Estos tres documentos, si no tienen las características formales de una Ley, tienen vigencia y obligatoriedad evidente; tanto la declaración de principios como el Decálogo de Etica Publicitaria, fueron elaborados por vuestros órganos representativos más calificados. Voluntariamente os habéis comprometido ante el país, ante el Estado y ante vuestra conciencia, al cumplimiento de los deberes que, explícita e implícitamente están contenidos en esos postulados, …”.

Arias-Salgado, Gabriel, Textos de doctrina y política de la información, Secretaría General del Ministerio de Información (Madrid), 1956, pág. 291-292

Este texto demuestra que el amplio concepto filosófico que la palabra Deontology expresaba inicialmente en inglés, haciéndola sinónima de Morality, se ha limitado y concretizado en el uso contemporáneo, es decir que ha ganado en comprensión lo que ha perdido en extensión. Su extensión se limitó en español, con este y otros textos de mediados de los años cincuenta, como lo había hecho en francés a mediados de los cuarenta, al ser monopolizada la palabra por el derecho profesional. Cuando se habla hoy en español de deontología como en francés de déontologie, se piensa siempre en el código de los deberes que impone a los profesionales el simple ejercicio de su oficio.

Toda profesión impone deberes a los que la ejercen. En sentido amplio, toda profesión tiene pues una deontología. Cuando la profesión se organiza, tiende a darse un estatuto codificado, o por lo menos de sus usos, precisando los deberes de sus miembros. Lo hace en el marco de las agrupaciones y asociaciones profesionales. Así se formó todo un derecho disciplinario.

Esta construcción se desarrolla más o menos según las profesiones. Para las más avanzadas, las formulaciones deontológicas han tomado un aspecto detallado y autoritario, emanando de órganos oficiales de la profesión. Se expresan en artículos que codifican una deontología concreta. Pero la mayoría de las profesiones permanecen en un período de evolución menos avanzado. Son las profesiones liberales, orientadas más que otras hacia el humanismo, las que más se preocupan de codificar sus normas de deontología. Sus órganos oficiales están especialmente preocupados de mantener el nivel moral.

Sin embargo no hay profesión que no pretenda velar por el respeto del buen ejercicio del oficio común, mediante algunas normas consideradas como esenciales. A falta de textos codificados, estas normas toman el aspecto de una costumbre. Esta costumbre completa la literalidad de los textos y contratos deliberados que, en derecho civil, mercantil o administrativo, imponen deberes a la profesión.

En Francia la palabra “déontologie” entró en el derecho positivo, tras ser propuesta y empleada por el profesor Portes, presidente de la orden profesional de los médicos. En aplicación de la resolución del 24 de septiembre de 1945, el Consejo de Estado, para hacer un Reglamento de Administración pública, aprobó el Código de deontología del 27 de junio de 1947, aplicable a los miembros de esta orden profesional de los médicos. Esta resolución, poco modificada en el nuevo Reglamento de Administración pública del 28 de noviembre de 1955, fue sin embargo alterada profundamente por el decreto del 28 de junio de 1979. Igualmente, los Reglamentos tomados con los mismos motivos por los cirujano-dentistas, el 3 de enero de 1948, y por las comadronas, el 30 de septiembre de 1949, fueron sustituidos respectivamente por los decretos del 22 de julio de 1967 y 8 de agosto de 1991.

Por lo tanto, sociogenéticamente toda deontología se concretiza. En vez de seguir definiéndose en abstracto, como lo hizo y lo hace en cada profesión en sus comienzos, va contemplando progresivamente los casos encontrados generalmente por el profesional en el ejercicio de su oficio. Con ello pretende dar, imperativamente, a estos casos soluciones prácticas y precisas, definiendo los deberes del profesional. Bajo su forma codificada, la deontología se asemeja así un poco a una casuística, aunque con la pretensión de sacar partido de la experiencia concreta de la profesión, para que sus profesionales no repitan en el futuro los errores cometidos en el pasado. Ésta es la actitud que conviene adoptar en informática, subsanando el error de olvidar que la deontología informática debe ocuparse no solamente de los deberes de los usuarios de estos servicios, sino tambien de los deberes de los autores de programas.

Cuando la profesión tiene una organización oficial, los textos que le dan esta organización no descuidan el preocuparse de su deontología. Así, por ejemplo, el párrafo 3 del artículo 17 de la ley del 31 de diciembre de 1971, que reforma la profesión de abogado, da la misión al consejo de la orden de cada Colegio de Abogados “de mantener los principios de probidad, desinterés, moderación y confraternidad en los cuales se basa la profesión, y de ejercer la vigilancia que el honor y el interés de la orden hacen necesaria”, y el párrafo siguiente añade: “de velar por que los abogados sean exactos en las audiencias y se comporten como honestos auxiliares de la justicia”. A tal efecto, conviene que la profesión formule los Reglamentos que el mismo artículo 17 confía el cuidado de codificar a cada colegio local de abogados.

En las profesiones públicas también se estableció una deontología, en sentido amplio, bajo un control jerárquico. Pero su fuente es diferente, ya que la disciplina exigida de los miembros de la función pública no tiene el carácter democrático de las normas de deontología establecidas por la propia profesión.